1-10
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11-14
CAP.I.SEC.I (15-24)
CAP.I.SEC.I (15-24)
100

España se constituye como un Estado social y democrático de Derecho.
La soberanía nacional reside en el pueblo español.
Valores superiores: libertad, justicia, igualdad y pluralismo político.

Art. 1

100

La dignidad de la persona y los derechos inviolables son fundamento del orden político y de la paz social.

Art. 10

100

Regula la nacionalidad española.
Ningún español de origen puede ser privado de ella.

Art. 11

100

Derecho al honor, intimidad personal y familiar y propia imagen.
Inviolabilidad del domicilio y secreto de comunicaciones.

Art. 18 DERECHOS FUNDAMENTALES Y LIBERTADES PÚBLICAS

100

Reconoce y protege:

  • Libertad de expresión.

  • Producción y creación literaria, artística y científica.

  • Libertad de cátedra.

  • Derecho a comunicar y recibir información veraz.
    Prohíbe censura previa.

Art. 20 DERECHOS FUNDAMENTALES Y LIBERTADES PÚBLICAS

200

Los partidos políticos expresan el pluralismo político y son instrumento fundamental para la participación política.
Su funcionamiento debe ser democrático.

Art. 6

200

La capital del Estado es la villa de Madrid

Art. 5

200

Todos los españoles son iguales ante la ley sin discriminación por nacimiento, raza, sexo, religión u opinión.

Art. 14

200

Derecho de asociación.

Art. 22 DERECHOS FUNDAMENTALES Y LIBERTADES PÚBLICAS

200

Garantiza libertad ideológica, religiosa y de culto.
Ninguna religión tendrá carácter estatal.

Art. 16 DERECHOS FUNDAMENTALES Y LIBERTADES PÚBLICAS

300

Las Fuerzas Armadas garantizan la soberanía, independencia de España y el orden constitucional.

Art. 8

300

Reconoce la unidad indisoluble de España y garantiza el derecho a la autonomía de nacionalidades y regiones, así como la solidaridad entre ellas

Art. 2

300

Los extranjeros gozarán de libertades públicas según la ley y tratados.
Solo los españoles tienen derechos políticos salvo excepciones.

Art. 13

300

Derecho de reunión pacífica.

Art. 21 DERECHOS FUNDAMENTALES Y LIBERTADES PÚBLICAS

300

Derecho a elegir residencia y circular libremente por España.
Derecho a entrar y salir del país.

Art. 19 DERECHOS FUNDAMENTALES Y LIBERTADES PÚBLICAS.

400

Regula la bandera de España y permite que las Comunidades Autónomas tengan sus propias banderas junto a la nacional.

Art. 4

400

Sindicatos y asociaciones empresariales defienden intereses económicos y sociales.
Su funcionamiento debe ser democrático.

Art. 7

400

Derecho a la vida y a la integridad física y moral.
Prohibidas torturas y penas inhumanas.
Queda abolida la pena de muerte salvo leyes militares en guerra.

Art. 15 DERECHOS FUNDAMENTALES Y LIBERTADES PÚBLICAS

400

Participación en asuntos públicos y acceso a cargos.

Art. 23 DERECHOS FUNDAMENTALES Y LIBERTADES PÚBLICAS

500

Los ciudadanos y poderes públicos están sometidos a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico.
Garantiza legalidad, jerarquía normativa, publicidad de las normas, seguridad jurídica e igualdad.

Art. 9

500

El castellano es la lengua oficial del Estado.
Las demás lenguas españolas serán oficiales según sus Estatutos.
La riqueza lingüística será protegida.

Art. 3

500

La mayoría de edad se alcanza a los 18 años

Art. 12

500

Tutela judicial efectiva y defensa.

Art. 24 DERECHOS FUNDAMENTALES Y LIBERTADES PÚBLICAS

500

Derecho a la libertad y seguridad.
Regula detención preventiva y habeas corpus.

Art. 17 DERECHOS FUNDAMENTALES Y LIBERTADES PÚBLICAS

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