Ingresos por salarios
Ingresos por actividades empresariales y servicios profesionales
Régimen simplificado de confianza
Ingresos por arrendamiento, y uso y goce temporal de bienes inmuebles
Ingresos por obtención de premios
100

Quien hace el pago:

con lo dispuesto en el artículo 96 de la LISR, el patrón es el encargado de hacer las retenciones y pagos correspondientes.

100

Que son:

Son los ingresos que obtengan todas aquellas personas físicas mediante la realización de actividades empresariales o la prestación de servicios profesionales independientes.

100

Definición de persona física en el régimen simplificado de confianza:

Las personas físicas, que realicen actividades empresariales, profesionales u otorguen el uso o goce temporal de bienes, deberán pagar el impuesto sobre la renta (art. 113-F).

100

sujeto

Es toda persona física que percibe sus ingresos por el uso o goce temporal de bienes inmuebles 

  • Provenientes del arrendamiento o subarrendamiento
  • rendimientos de certificados de participación inmobiliaria no amortizables.
100

Quien es el sujeto:

El sujeto es la persona física que recibe ingresos como premio en sorteos o apuestas, de acuerdo con el artículo 137 de la LISR.

200

Quienes hagan pagos por conceptos de salarios deberán retener y enterar:

mensualmente, el impuesto correspondiente, atendiendo a las tarifas establecidas en el artículo 96 LISR

200

Define al sujeto:

Según el artículo 100 de la LISR, son todas las personas físicas, residentes en México (para efectos fiscales), que obtengan ingresos en efectivo o en bienes, en crédito, en servicios o de cualquier otro tipo, por su actividad.

200

Definición de persona moral en el régimen simplificado de confianza:

Residentes en México, Constituidas únicamente por personas físicas, Ingresos totales que no rebasen la cantidad de 35 millones de pesos en el ejercicio inmediato anterior, y Residentes en México constituidas únicamente por personas físicas que inicien operaciones y que estimen que sus ingresos totales no superarán los 35 millones de pesos.

200

objeto

Son todos los ingresos generados por la renta de bienes inmuebles

200

Cuál es el objeto:

El objeto del impuesto son los ingresos recibidos como premios en efectivo, bienes, servicios o crédito en los mencionados eventos.

300

Según el artículo 90 de la LISR, para efectos fiscales, son sujetos del impuesto sobre la renta todas

todas las personas físicas residentes en México que obtengan ingresos en efectivo o en bienes, en crédito, en servicios o de cualquier otro tipo.

300

Cual es el objeto:

Es la renta generada precisamente por aquellos ingresos derivados de la realización de actividades empresariales o de la prestación de servicios profesionales.

Los contribuyentes de este régimen deberán calcular el impuesto del ejercicio a su cargo, atendiendo a las tarifas establecidas en los términos del artículo 152 de la LISR (es importante estar pendiente de las tarifas vigentes que para cada año se publican en el Diario Oficial de la Federación).


300

objeto de las personas físicas:

Son los ingresos obtenidos en el ejercicio inmediato anterior, que no hubieran excedido de la cantidad de $3,500,000.00 (art. 113-F).

300

base

Es el monto de las rentas obtenidas en un periodo de un mes menos las deducciones autorizadas en la LISR articulo 103 con la particularidad de que los contribuyentes tienen la opcion de deducir el 35% de los ingresos

300

En que se enfoca El Capítulo VII de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR) 

se enfoca en la tributación de los ingresos obtenidos por personas que ganan premios en sorteos, loterías, rifas, juegos con apuestas y concursos autorizados legalmente.

400

La declaración anual la tendrá que hacer el trabajador en los siguientes casos (menciona al menos 1):

Cuando él así lo decida.

Cuando en el ejercicio gane más de $400,000.00 pesos.

Cuando tenga ingresos por otros conceptos, como honorarios por servicios profesionales, actividad empresarial, entre otras.

400

épocas de pago:

  • Pagos provisionales:


  • Presentando una declaración mensual los días 17 del mes siguiente.
  • Impuesto anual:


  • Presentando una declaración anual, en el mes de abril del año siguiente, ante las oficinas autorizadas.
400

épocas de pago de las personas morales: 

Mensual: Calcularán y pagarán el impuesto a más tardar el día 17 del mes inmediato posterior a aquel al que corresponda el pago.

Anual: Se presenta una declaración anual en abril del año siguiente al que corresponda la declaración.

400

tarifa

Lo mismo del ingreso por salarios.

400
Plazo de Pago:

Las retenciones deben ser entregadas al fisco a más tardar el día 17 del mes siguiente al mes en que se realizó el pago del premio.

500

El objeto de este impuesto es:

De acuerdo con lo que dispone el artículo 94 de la LISR, la renta generada por aquellos:Ingresos por la prestación de un servicio personal subordinado, los salarios y demás prestaciones que deriven de una relación laboral, incluyendo la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas y las prestaciones percibidas como consecuencia de la terminación de la relación laboral.

500

La base para determinar el pago de ISR se obtiene restando:

la totalidad de los ingresos obtenidos, en el periodo comprendido desde el inicio del ejercicio y hasta el último día del mes al que corresponde el pago, las deducciones autorizadas correspondientes al mismo periodo y la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas pagada en el ejercicio y, en su caso, las pérdidas fiscales ocurridas en ejercicios anteriores que no se hubieran disminuido.

500

épocas de pago de las personas físicas:

El mensual se pagará el 17 del mes inmediato posterior a aquel al que corresponda el pago (art. 113-E)

El anual se pagará en abril del año siguiente, al que corresponda la declaración (art. 113-F).

500

época de pago

Los pagos provisionales se pueden efectuar tanto mensualmente como trimestralmente

500

Cuál es la Tasa de impuesto:

La tasa de impuesto varía según las circunstancias:


1% sobre el valor total del premio, sin deducciones, en el caso de premios obtenidos en loterías, rifas, sorteos y concursos, siempre que la entidad federativa no haya gravado el premio localmente o si lo hizo, no exceda del 6% del valor del premio.

21% sobre el valor del premio si la entidad federativa local grava el premio con un impuesto superior al 6%.

Para premios en juegos con apuestas, se aplica un 1% sobre el valor total de la cantidad a distribuir entre los boletos premiados.

Base: La base imponible es el monto del premio efectivamente recibido por la persona.

Retención y Pago del Impuesto: Quienes otorgan los premios deben retener el impuesto correspondiente y remitirlo al fisco. Esta retención se considera un pago definitivo, pero el beneficiario del premio debe declarar este ingreso de acuerdo con las disposiciones del artículo 90 de la LISR.

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