Diga la definición legal de Testamento
"Artículo 1295. Testamento es un acto personalísimo, revocable y libre, por el cual una persona capaz dispone de sus bienes y derechos, y declara o cumple deberes para después de su muerte."
¿Qué es el Testamento Público Abierto?
Es el que se otorga ante notario, donde el testador expresa de manera clara y terminante su voluntad y debe ser el notario quien lo redacta por escrito.
¿Cuál es el supuesto conocido en doctrina como REVIVENCIA?
Artículo 1496.- El testamento anterior recobrará, no obstante, su fuerza, si el testador, revocando el posterior, declara ser su voluntad que el primero subsista.
Diga una definición de HEREDERO.
El heredero es el adquiriente por causa de muerte a título universal de todos los bienes del autor de la sucesión, o de una parte alícuota, que será transmisible a su fallecimiento.
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¿Cuándo comienza y cuándo termina el acto de otorgamiento del testamento?
Comienza con la lectura del mismo y termina con la firma del mismo.
Art. 1519 - El testamento debe de otorgarse en un solo acto.
Antiguamente, ¿en qué caso se daba la conocida en doctrina revocación real o material? y ¿En qué consistía?
En los casos del testamento ológrafo, al romper el testamento original el testador.
Supuesto de excepción a la falta de forma respecto a la institución de un heredero o legatario.
Artículo 12 LIAP.- Nunca se declarará nula una disposición testamentaria hecha en favor de la asistencia privada por defectos de forma, de modo que en todo caso se respete la voluntad del testador.
¿Qué es una sustitución?
“Derecho que tiene el testador de señalar herederos o legatarios sustitutos de aquellos herederos o legatarios que por cualquier causa no llegaron a serlo.”
Mencione 3 ejemplos de disposiciones típicas de un testamento y 3 ejemplos de disposiciones atípicas.
Típicas: nombramiento de heredero, de legatario y de albacea.
Atipica: Reconocimiento de hijo, reconocimiento de deuda, donación de órganos.
Mencione los pasos generales del Testamento Público Abierto.
1.- El testador expresará de modo claro y terminante su voluntad al notario – de manera verbal.
2.- El notario redactará por escrito las cláusulas del testamento.
3.- El notario leerá en voz alta para que el testador manifieste si está conforme.
4.- Si el testador está conforme, firmarán la escritura el testador y el notario.
5.- En la escritura debe asentarse el lugar, año, mes, día y hora en que hubiere sido otorgado.
¿Cuáles son los supuestos de CADUCIDAD de una disposición testamentaria?
Artículo 1497.- Las disposiciones testamentarias caducan y quedan sin efecto, en lo relativo a los herederos y legatarios:
I.- Si el heredero, o legatario muere antes que el testador o antes de que se cumpla la condición de que dependa la herencia o el legado;
II.- Si el heredero o legatario se hace incapaz de recibir la herencia o legado;
III.- Si renuncia a su derecho.
¿Cómo debe de resolverse la disposición hecha en un testamento en términos vagos en favor de los parientes?
Se entenderá que se refiere a los parientes más próximos, según el orden de la sucesión legítima.
¿Cuáles son las clases de sustituciones? Explique cada una brevemente.
1.- Vulgar: es la más común. Se refiere a que hay una segunda propuesta para el caso de que el heredero no llegue a serlo.
2.- Recíproca: el sustituto de uno es a su vez sustituto del otro.
3.- Indirecta o Fideicomisaria: el sustituto recibe la herencia por intermedio del sustituido. El sustituido llegó a ser heredero y posteriormente transmite los bienes al sustituto.
¿Qué se requiere para que el testamento otorgado ante cónsul sea válido en México y qué se requiere si es otorgado ante una autoridad extranjera?
Si es ante Cónsul Mexicano en el extranjero, no se requiere nada especial.
Si es otorgado ante autoridad extranjera, se requiere que sea declarado válido pro juez competente en nuestro país, previa certificación de que fue otorgado conforme a las disposiciones del país donde se otorgó, así como su validez y vigencia, asimismo, que se verificó la muerte del testador.
Adicional, requerirá ser apostillado o legalizado y si fue en idioma diferente al español, que se traduzca por perito autorizado.
Son 4 ejemplos, por lo menos, de personas que no pueden ser testigos en los testamentos:
Art. 1502 - Por regla general todos pueden ser testigos excepto a quienes la ley expresamente se los prohíbe.
Los amanuenses del Notario que lo autorice;
Los menores de dieciséis años;
Los que no estén en su sano juicio;
DEROGADO (anteriormente sordos y mudos).
Los que no entiendan el idioma que habla el testador;
Los herederos o legatarios; sus descendientes, ascendientes, cónyuge o hermanos. El concurso como testigo de una de las personas a que se refiere esta fracción, sólo produce como efecto la nulidad de la disposición que beneficie a ella o a sus mencionados parientes;
Los que hayan sido condenados por el delito de falsedad.
¿Qué es el testamento inoficioso y qué derecho adquiere el preterido?
Artículo 1374.- Es inoficioso el testamento en que no se deje la pensión alimenticia, según lo establecido en este Capítulo.
Artículo 1375.- El preterido tendrá solamente derecho a que se le dé la pensión que corresponda, subsistiendo el testamento en todo lo que no perjudique ese derecho.
Supuesto de excepción en la que el testador encomiende a un tercero que señale quiénes van a ser los herederos.
Artículo 1298.- Cuando el testador deje como herederos o legatarios a determinadas clases formadas por número ilimitado de individuos, tales como los pobres, los huérfanos, los ciegos, etc., puede encomendar a un tercero la distribución de las cantidades que deje para ese objeto y la elección de las personas a quienes deban aplicarse, observándose lo dispuesto en el artículo 1,330.
Artículo 1299.- El testador puede encomendar a un tercero que haga la elección de los actos de beneficencia o de los establecimientos públicos o privados a los cuales deban aplicarse los bienes que legue con ese objeto, así como la distribución de las cantidades que a cada uno correspondan.
Mencione otras disposiciones que se consideran fideicomisarias.
1.- Prohibición de no enajenar
2.- El legado de residuo.
3.- Prestar a más de una persona sucesivamente una renta o pensión.
Mencione lo más preciso posible el procedimiento del "TESTAMENTO DEL DEMENTE"
1.- El tutor y en defecto de este, su familia, presentará por escrito una solicitud al Juez que corresponda.
2.- El Juez nombrará dos médicos, de preferencia especialistas en la materia, para que examinen al enfermo y dictaminen acerca de su estado mental.
3.- Se hará constar en acta formal el resultado del reconocimiento.
4.- Si este fuere favorable, se procederá a la formación de testamento ante Notario Público.
5.- Firmarán el acta, además del Notario y de los testigos, el Juez y los médicos que intervinieron para el reconocimiento, poniéndose al pie del testamento, razón expresa de que durante todo el acto conservó el paciente perfecta lucidez de juicio.
Mencione todos los casos que requieren testigos para la celebración del testamento
1.- Testador no tiene manera de identificarse.
2.- Si el testador no sabe o no puede firmar. (1514)
3.- Si el testador es mudo o sordo mudo (1515).
4.- Si el testador es enteramente sordo (1516).
5.- Si el testador es ciego o no sabe o no puede leer (1517)
5.- Si el testador no sabe o no puede escribir. y/o no sabe o no puede leer (1518)
Son, por lo menos 5 causas por las que es NULO el testamento
1.- Incapacidad
2.- Inobservancia de las solemnidades
3.- Vicios de la Voluntad
4.- Otorgar un testamento por un representante
5.- Otorgar un testamento por dos o más personas.
6.- Falta de unión en el contexto.
7.- Testamento en memorias o comunicados secretos.
Requisitos para que la institución de heredero sea eficaz:
Enuncie las reglas en materia de sustitución.
1.- La sustitución es a su vez institución de heredero.
2.- El nombramiento de sustitutos puede hacerse de la siguiente manera: (conjunta, sucesiva, sucesiva y simultánea)
3.- El sustituto del sustituto es sustituto del sustituido.
4.- El sustituto será llamado a la herencia con los mismos derechos y obligaciones del sustituido (heredero):
5.- La sustitución no es un derecho de acrecer.