Monarquía constitucional con un sistema parlamentario, lo que significa que el Parlamento es el órgano decisorio. Las atribuciones del Rey están dispuestas en la constitución.
Arabia Saudita, Países Bajos, Emiratos Árabes, Omán
Países Bajos
Conjunto articulado y coherente de instituciones, métodos, procedimientos y reglas legales que constituyen el derecho positivo en un lugar y tiempo determinados.
SISTEMA JURIDICO
Monarquía constitucional federal en la que el rey es el jefe del Estado y el primer ministro, el jefe del Gobierno en un sistema multipartidista.
Francia, Grecia, Italia, Bélgica
Bélgica
Conjunto amplio y codificado de estatutos jurídicos creados por los legisladores y cuenta con principios básicos codificados en un sistema referenciable, que funciona como fuente primaria del derecho.
DERECHO CIVIL O CONTINENTAL
República federal parlamentaria con un jefe del Gobierno —el canciller— y un jefe del Estado —el presidente—, cuyas principales responsabilidades son representativas. El país está formado por 16 Estados que tienen su propia Constitución y son en gran parte autónomos por lo que respecta a su organización interna.
Alemania, México, Chile, Estados Unidos
ALEMANIA
Organización política que se caracteriza por tener al estado dividido en un poder ejecutivo, judicial y legislativo, división que se expresa en una administración central y en una pluralidad de administraciones locales
REPUBLICA FEDERAL
Monarquía en la que el rey es el mandatario absoluto, y ejerce su fundamentado por los preceptos de la Ley Islámica.
Ciudad del Vaticano, Dinamarca, Arabia Saudita, Jordania
ARABIA SAUDITA
Locución Latina que ”significa “estar a lo decidido y no perturbar lo ya establecido”
STARE DECISIS
Monarquía parlamentaria constitucional (Gran Ducado) con un jefe de Gobierno —el primer ministro— y un jefe del Estado —el Gran Duque— que dispone únicamente de derechos formales.
Emiratos Árabes, Suazilandia, Luxemburgo, España
Luxemburgo
Sistema de Sufragio en el cual los votantes en unas elecciones eligen candidatos a un cargo público, sin ninguna intermediación por parte de otro órgano electoral.
SUFRAGIO DIRECTO