Es un atributo en la que se forma por los derechos y obligaciones valorables en dinero y que constituyen una universalidad.
Patrimonio
Conjunto de disposiciones jurídicas que rigen las relaciones de los particulares entre sí.
DERECHO PRIVADO
Reglas o normas jurídicas en vigor, en un lugar y en una época determinada.
DERECHO POSITIVO
Es una característica y si no son cumplidas voluntariamente por los obligados, puede el Estado exigir su cumplimiento, incluso por la fuerza.
Coercibles
Regla que se debe seguir o a que se deben ajustar las conductas, tareas, actividades.
NORMAS
Conjunto de mandatos que se aplican exclusivamente a las relaciones del hombre que vive en sociedad.
NORMAS JURÍDICAS
Este atributo es la aptitud para ser sujeto de derechos y obligaciones.
Capacidad
Es el conjunto de normas que imponen deberes y normas que confieren facultades, que establecen las bases de convivencia social y cuyo fin es dotar a todos los miembros de la sociedad de los mínimos de seguridad, certeza, igualdad, libertad y justicia
Derecho
Son a quieres la ley reconoce personalidad jurídica por el solo hecho de su naturaleza humana.
Personas físicas
Es una característica y el creador de la norma es un ente distinto del destinatario de la misma, y ésta le obliga aun cuando no sea reconocida por dicho destinatario.
Heterónoma
Conjunto de normas jurídicas que regulan las relaciones del Estado, como ente soberano con los ciudadanos y con otros Estados.
DERECHO PÚBLICO
Es el conjunto de máximas fundamentadas en la equidad, justicia y sentido común, que se imponen al legislador mismo y nacen de las exigencias de la naturaleza biológica, racional y social del hombre.
Derecho Natural
Conjunto de facultades reconocidas a los individuos por la ley, para realzar determinados actos en satisfacción de sus propios intereses.
DERECHO SUBJETIVO
Son aquellos documentos históricos que hablan o se refieren al derecho, tales como libros, escritos, tratados y periódicos.
HISTÓRICAS
Es una capacidad en donde la posibilidad de la persona para actuar, ejercitar sus derechos, contraer obligaciones, celebrar contratos y cumplirlos por sí misma, sólo la tienen los que han llegado a la mayoría de edad y están en pleno uso de sus facultades mentales.
Capacidad de ejercicio
Se entendía como la careta que cubría la cara del actor cuando recitaba en una escena, cuyo fin consistía en hacer su voz vibrante y sonora.
Persona
Es una característica y significa que exigen una conducta fundamentalmente externa. Sin embargo, también es cierto que en muchos casos atribuyen consecuencias jurídicas a los aspectos íntimos del comportamiento individual
EXTERIORES
Constituye el medio para identificar a la persona moral y es indispensable para establecer relaciones jurídicas con otro sujeto de derecho.
Denominación o razón social
Es un sujeto de existencia abstracta, construido jurídicamente con voluntad propia, derechos, obligaciones y una personalidad jurídica que lo individualiza en las relaciones de derecho y lo hacen centro generador de derechos y obligaciones económicas, financieras y comerciales.
Persona moral
El resultado de aquel procedimiento jurídico de creación en el que un conjunto de actos, considerados como repetidos por un órgano aplicador, se encuentran formando una disposición o pauta de conducta, en virtud de la decisión, más o menos consciente, de dicho órgano, de incorporar un caso específico dentro de esa repetición de actos, convirtiéndolos, así en derecho aplicable.
Costumbre
Es una capacidad, la cual es la aptitud para ser titular de derechos y obligaciones. Corresponde a toda persona y que es parte integrante de su personalidad.
Capacidad de goce
Esta fuente son instrumentales a través de las cuales se pretende saber cuándo y en qué condiciones una norma jurídica es válida y obligatoria para una comunidad o para una sociedad determinada.
FORMALES
Es aquella fuente que determinan el contenido de las normas jurídicas, necesidades de una comunidad que delimitan el contenido y el alcance de sus propias normas jurídicas; son pues todos aquellos fenómenos sociales que contribuyen a la formación del derecho.
MATERIALES O REALES
Es un atributo y es definida como el vínculo jurídico, político y social que une a una persona ya sea física o moral con el Estado, el cual le indicará los derechos y obligaciones a los que puede acceder como nacional.
Nacionalidad
Es una característica y significa que una obligación jurídica a cargo de determinada persona trae aparejado un derecho a favor de otra persona para exigir el cumplimiento de la misma.
Bilaterales