¿Los auxilares de los profesionales son responsabilidad de los profesionales?
Sí
429 artículos en dos libros
Código Penal Federal
Ámbito de aplicación del código penal federal
Toda la República Mexicana delitos de orden federal
¿Cuál es el único mamífero que puede volar?
El murciélago
¿Cómo se llama la alumna favorita del Dr. Alcántara?
A ver, Yadira
¿Dónde estaba ubicada la base estadounidense de Pearl Harbor?
Hawaii
¿Quién decía: “¿En El Salvador Zubiran..”?
Daniel
¿Cuál es el río más caudaloso del mundo?
El Amazonas
¿Dónde estaba ubicada la base estadounidense de Pearl Harbor?
Hawaii
¿Qué libro del código penal federal contiene las normas para delitos específicos?
2
Se impondrá prisión de tres meses a dos años, hasta cien días multas y suspensión de tres meses a un año a juicio del juzgador, a los directores, encargados o administradores de cualquier centro de salud, cuando incurran en algún delito:
Verdadero
¿Cómo se llama tu compañera que se Duerme en clase y que no es Annete?
Mayra
Además de las sanciones fijadas para los delitos que resulten consumados, según sean dolosos o culposos, se les aplicará suspensión de:
Un mes a dos años en el ejercicio de la profesión o definitiva en caso de reincidencia; y Estarán obligados a la reparación del daño por sus actos propios
¿Cómo se llama el compañero que para que se vea en las fotos se tiene que iluminar?
David
Es motivo de prisión Retener por necesidad a un recién nacido:
No
¿A que órgano del cuerpo afecta la cistitis?
Vejiga
El artículo 228 establece que Serán responsables de los delitos que cometan en el ejercicio de su profesión:
Los profesionistas, artistas o técnicos y sus auxiliares,
Fue la ultima reforma del CPF publicada
DOF 24-06-2009
¿Cuál es la sanción de los directores, encargados o administradores si impiden la salida de un paciente cuando lo soliciten?
Prisión por 3 meses a dos años
¿A Qué ley contempla el Artículo 228?
Ley General de Salud