¿Ante quién se presenta una demanda de amparo indirecto? ¿Qué es lo que revisa el Secretario de Acuerdos cuando recibe dicha demanda?
Se presenta ante la Oficialía de Partes Común adscrita a los Juzgados de Distrito.
El Secretario de Acuerdos revisa:
1) Competencia.
2) Impedimentos.
3) Causales de improcedencia.
4) Requisitos de forma.
Explique en qué consiste el amparo adhesivo.
a) Se presenta ante el mismo órgano colegiado que admitió a trámite la demanda principal, para fortalecer la sentencia favorable, es decir, se tiene un interés jurídico que subsista el acto reclamado.
b) Únicamente aplica en AD y se tiene un plazo de 15 días para presentar ante la oficialía de partes adscrita al colegiado que admitió el amparo principal.
c) Se tramita en la misma carpeta que el cuaderno principal y se emite una sola sentencia.
¿Cómo se acredita el interés jurídico?
Se debe demostrar de manera fehaciente e indubitable.
Para leyes y tratados int. se debe comprobar:
1) Bajo el supuesto que establece la norma.
2) Se debe probar el grado de afectación en la esfera jurídica del gobernado.
¿Cuál es la diferencia entre un tercero extraño y un causahabiente?
Los terceros extraños son aquellos que no intervinieron en la listis, por lo tanto, no son tomados en cuenta como partes dentro del juicio de amparo, cuyos derechos son afectados por la sentencia emitida.
Un causahabiente es la que adquiere de otro un derecho o bien mueble o inmueble, a sabiendas de la situación jurídica del bien.
¿Cuáles son los órganos que establecen jurisprudencia?
1. SCJN en Pleno o Salas.
2. TCC
3. Plenos de Circuito (no reiteración).
¿Cuáles son las etapas de la audiencia constitucional y en qué consisten?
1. Pruebas (Única prueba no admisible: confesión por posiciones).
2. Alegatos (no son parte de la Litis).
3. Sentencia.
¿En qué casos la suspensión se abrirá de oficio y NO de plano?
En los casos previstos en el artículo 127 de la LA:
I. Extradición.
II. Actos de imposible restitución de los derechos del quejoso.
Formas de erigir una sentencia en cosa juzgada.
1. Por declaración judicial.
2. Ministerio de ley.
¿Qué recurso procede en un amparo indirecto que concede o niega la suspensión de oficio y provisional? ¿En qué plazo se interpone y en cuánto tiempo se resuelve?
Procede recurso de queja, el término para interponer es de dos días y el término para resolver es de 48 horas hábiles.
Mencione tres delitos en los que pudiera incurrir en responsabilidad la autoridad responsable y describa cada uno con un ejemplo.
I. En el incidente de suspensión. (Delito cometido contra la administración de la justicia, ej.al admitir por notoria mala fe o negligencia el incidente de suspensión).
II. En el juicio de amparo. (Delito de falsedad de declaraciones jurídicas, ej. al rendir su informe justificado).
III. Por abuso de autoridad, al momento de rendir sus informes respectivos.
¿Qué tipos de informes rinde la autoridad? ¿Cuándo se solicita? ¿En qué plazo?
I. INFORME PREVIO
Se solicita cuando el quejoso pide la suspensión provisional y la autoridad lo debe rendir en un plazo de 48 horas hábiles.
II. INFORME CON JUSTIFICACIÓN
La autoridad los debe rendir para la audiencia constitucional y tiene un plazo de 15 días. **Debe mediar un plazo de 8 días hábiles (sin contar el día de audiencia y el día de ofrecimiento) antes de la Audiencia Constitucional.
¿En qué consiste la garantía y qué tipo de garantías se pueden ofrecer?
¿En qué momento no hay una contragarantía?
Al otorgarse una garantía se contrae la obligación de indemnizar al tercero interesado por los daños y perjuicios que la suspensión le puede dar, al no ejecutarse el acto reclamado. Se puede solicitar una garantía personal (fianza, billete de depósito) o una garantía real (prenda, hipoteca).
NO hay contragarantía en la suspensión provisional por el tiempo. Únicamente la puede solicitar el tercero interesado.
¿Bajo que supuesto se establece un amparo directo y un amparo indirecto contra leyes? ¿Qué diferencia hay? ¿A quiénes se deben señalar como autoridades responsables?
En el AI atacas una etapa del proceso legislativo y en el AD se ataca la sentencia definitiva.
La diferencia es que en la vía directa se impugna la aplicación de una ley en el dictado de una sentencia definitiva que se estima ser inconstitucional.
En el AI se deben citar todas las autoridades que intervinieron en el proceso legislativo y en el AD únicamente la autoridad que emitió la sentencia o quien aplicó la ley que se estima inconstitucional.
¿Qué procede contra el sobreseimiento por falta de interés jurídico en un AI?
Recurso de revisión, 10 días.
¿Qué autoridades no pueden crear jurisprudencia y por qué?
Los TUC y los JD no crean jurisprudencia debido a que sus fallos no son sentencias ejecutoriadas y pueden ser impugnadas ante su superior jerárquico vía AD o recurso de revisión.
Mencione los requisitos de forma de una demanda de amparo indirecto.
I. Nombre y domicilio del quejoso.
II. Nombre y domicilio del tercero interesado (si se desconoce, si manifiesta bajo protesta de decir verdad).
III. Autoridad responsable.
IV. Norma general o acto que se reclame.
V. Bajo protesta de decir verdad los antecedentes del acto reclamado.
VI. Preceptos violados.
VII. Conceptos de violación.
En el Amparo Indirecto, ¿En qué acto y cómo se tramita la suspensión provisional? ¿Y de Oficio?
La suspensión provisional se tramita desde el primer acuerdo en vía incidental, por cuerda separada y por duplicado (2 cuadernillos incidentales).
La suspensión de oficio se tramita en el auto admisorio, en el cuaderno principal (no hay cuadernillo incidental).
¿Qué se entiende cuando un concepto de violación es fundado pero inoperante? e ¿inoperante por insuficiente?
Fundado pero inoperante: no trasciende el resultado del fallo.
Inoperante por insuficiente: se formulan conceptos de violación de forma parcial.
¿Qué recurso procede si no me reconocen el carácter de tercero interesado en un AI?
Recurso de queja, plazo de 5 días.
¿Quiénes son competentes para conocer de las responsabilidades de los servidores públicos del Poder Judicial de la Federación?
De acuerdo al numeral 133 de la LOPJF, quienes pueden aplicar sanciones son:
I. La SCJN funcionando en Pleno y en Salas.
II. El Presidente de la SCJN.
III. El Pleno del Consejo de la Judicatura Federal.
IV. El órgano colegiado que determine el Consejo de la Judicatura Federal.
Tipos de Autos dictados por el Juez de Distrito y explicar en qué consisten cada uno.
1. Auto que declina competencia.
2. Auto que desecha.
3. Auto que requiere o previene.
4. Auto de admisión.
**Explicación**
¿En qué consiste el Auto de Turno? Se debe mencionar todo el procedimiento hasta que se emita el proyecto de sentencia.
* Se sortean expedientes a los Magistrados para que emitan proyectos de sentencia. El Acuerdo lo dicta el Magistrado Presidente del TCC.
* El Secretario Proyectista tiene 90 días para elaborar el proyecto de sentencia.
*El asunto se circula a los otros Magistrados para que emitan voto (disidente, concurrente).
*La lista de los asuntos se verán en sesión plenaria, lo que se debe publicar en los estrados del Tribunal 3 días antes de celebrar audiencia (sin contar publicación y día de sesión).
*Se lleva a cabo el engrose del expediente (revisión final: ortografía, sustitución de tesis).
*El auto de turno tiene efectos de citación de sentencia.
El acto reclamado debe analizarse a la luz de...
I. Conceptos de violación.
II. Pruebas aportadas.
(*La sentencia se analiza a la luz del: (i) acto reclamado, (ii) conceptos de violación, (iii) pruebas aportadas).
El incumplimiento de la sentencia se puede presentar por alguna de las siguientes causas.
I. Evasivas o desacato.
II. Repetición del acto reclamado.
III. Emisión de un nuevo acto.
IV. Exceso o defecto en el cumplimiento.
Explique cada una de las formas de crear jurisprudencia.
1. Por reiteración de criterios.
Resultado de 5 ejecutorias dictadas en un mismo sentido, sin que surja contradicción.
Los Plenos de Circuito pueden establecer jurisprudencia por contradicción y sustitución pero NO por reiteración.
Aprobación:
8 Ministros Pleno SCJN.
4 Ministros Salas SCJN.
Unanimidad TCC.
2. Por contradicción de tesis (Unificadora de criterios).
Se establece cuando el órgano competente resuelve una contradicción de tesis (aislada o jurisprudencial). Se podrá: (i) acoger un criterio discrepante, (ii) sustentar uno diverso, (iii) declarar inexistente o sin materia, (iv) elaborar criterio con elementos jurídicos nuevos.
3. Por sustitución.
Se solicita al superior jerárquico se sustituya las juris por reiteración o contradicción, conforme a lo siguiente:
Previa petición al TCC para que los Plenos de Circuito sustituyan -> se necesita aprobación de 2/3 de los magistrados.
Los Plenos de Circuito pueden solicitar al Pleno de la SCJN o Salas que sustituya -> se requiere mayoría.
Cualquiera de las Salas podrá solicitarlo al Pleno de la SCJN-> se requiere mayoría.