Depósito
Recintos
Muestras
Responsabilidad
abandono y Extravio
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Art 23 de la Ley Aduanera

Ley Aduanera - Art 23. Las Mercanciasquedaran en deposito ante la aduana en los recintos fiscales o fiscalizados destinados a este objeto, con el proposito de destinarlas a un régimen aduanero.

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Quienes custodian las mercancías 

Dichas mercancía quedaran bajo la custodia de funcionarios públicos a quienes se asigne tal obligación en el interior de los recintos fiscales.

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Concepto de Muestra

Porción de un producto o mercancía que sirve para conocer la calidad del género de productos o mercancías que se toma como referencia para determinar la calidad de los mismos”.

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Principal Obligación del Deposito

La custodia de Mercancias

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Concepto de Mercancía Perdida

Transcurridos 30 días a partir de la fecha en que se concidero extraviado

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Significado de LIGIE

Ley de los Impuestos Generales de Importación y Exportación. (LIGIE)

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Descripción de que sucede durante el depósito de una mercancía 

Los bienes en deposito ante la aduana no permanecen estáticos y sustraídos de los propietarios, consignatarios o sus representantes legales respecto de los trámites del despacho de mercancías; estas pueden ser objeto tanto de actos atinentes a evitar su deterioro o destrucción, como de una revisión o examen previo para conocer sus características y naturaleza.

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Tipos de Muestra en ámbito aduanero.

En temas aduaneros además:

  • Funciona como punto de partida para realizar un pedido comercial respecto de esas mercancías.
  • Sometimiento a pruebas de laboratorio , análisis clínicos, inspección, etc.
  • Acreditar el cumplimiento de obligaciones en materia de regulaciones y restricciones no arancelarias.
  • Identificar su naturaleza y las caracteristicas que permitan determinar su fracción arancelaria, por tratarse de mercancias de difícil identificación. (Requieren pruebas especiales para efectos de su identificación.)
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Obligaciones Derivadas del Depósito 

La entrega previa autorización o a solicitud de la autoridad, estos son procesos que se llevan a cabo para retirar mercancías que se encuentran almacenadas en un recinto fiscal o fiscalizado, en pocas palabras su desaduanamiento

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Concepto de Mercancía Extraviada 

Cuando transcurrido cinco dias a partir de la fecha en que se solicito, para examen, entrega, reconocimiento o cualquier otro proposito, no sea presentada por el personal encargado de su custodia

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Definición de Depósito según la RAE

La RAE define como depósito el: “Lugar o recipiente donde se deposita”, es decir, se trata de un espacio físico u objeto donde se puede depositar algo; el mismo diccionario utiliza el término aludido para identificar el “contrato por el que alguien se compromete a guardar algo por el encargo de otra persona.”

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Artículo y ley que habla de las maniobras de conservación de mercancías y el cuidado a la modifica de cada bulto.

Artículo 51. Reglamento de la Ley Aduanera.

Para evitar el deterioro de las Mercancías que se encuentren en depósito ante la aduana, la Autoridad Aduanera podrá ordenar de oficio o autorizar, a solicitud del interesado, que se realicen maniobras para su conservación. Se cuidará que el contenido de cada bulto no sufra modificación y, en su caso, que los nuevos envases queden marcados y numerados en la misma forma que los primeros.

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Tipos de muestra sin valor comercial.


  • Los que han sido privados de dicho valor, mediante operaciones físicas de inutilización que eviten toda posibilidad de ser comercializados.
  • Los que por su cantidad, peso, volumen u otras condiciones de presentación, indiquen sin lugar a dudas, que solo pueden servir de muestras o muestrarios.
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Requisito para la entrega de mercancías previamente en depósito.

Una vez que los responsables de los recintos fiscalizados verifiquen que los datos del pedimento coincidan con los del sistema electrónico, de la misma manera que se hayan pagado las contribuciones y cuotas compensatorias, esta podrán ser entregada

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Formas de Abandono

La L.A reconoce 2 formas de abandono. Expreso: Se genera cuando quien tiene interés legal en las mercancías lo manifiesta de manera escrita

Tácito: El interesado permite que transcurran los plazos previstos en la ley (ART 29 L.A)

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Artículo 45. Ley Aduanera

Prevé la toma de muestras de mercancías radioactivas, estériles, peligrosas o aquellas que necesitan instalaciones o equipos especiales para toma de las mismas. Dichas tomas deben realizarse con anterioridad a fin de presentarlas a las instalaciones debido a su peligrosidad.

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Art 25. Ley Aduanera

Las mercancías que se encuentren en depósito ante la aduana podrán ser motivo de actos de conservación, examen y toma de muestras, siempre que no se altere o modifique su naturaleza o las bases gravables para fines aduaneros. La autoridad aduanera podrá autorizar la toma de muestras, caso en el cual se pagarán las contribuciones y cuotas compensatorias que a ellas correspondan.

Asimismo, tratándose de las mercancías a que se refiere este artículo se podrán prestar los servicios de almacenaje, análisis de laboratorio, vigilancia, etiquetado, marcado y colocación de leyendas de información comercial. Para estos efectos, las autoridades aduaneras tomarán las medidas necesarias para la salvaguarda y protección del interés fiscal y de las propias mercancías.

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Los primeros tres pasos a seguir para la aprobación de una toma de muestras.

  • Mediante solicitud justificada de persona legitimada. (Importador o Agente Aduanal en caracter de representante legitimo).
  • Encargado de recinto fiscal vigilará la operación.
  • Se elaborara un pedimento donde se declare como fracción arancelaria de la mercacía la fracción especial del capitulo 98 de la LIGIE, 9801.00.01, relativa a la importación y exportación de muestras o muestrarios. (Exenta impuestos de comercio exterior mas no de impuestos al valor Agregado ni a medidas de RRNA impuestos por la COFEPRIS.
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Menciona cuando se verá retenido un pedimento.

En caso de no cumplir con la constatación, es decir se verifique que no se ha efectuado el pago de las contribuciones o cuotas compensatorias o no coinciden datos con el sistema electrónico, los encargados de los recintos fiscalizados deberán dar aviso inmediato a las autoridades aduaneras y retendrán el pedimento, hasta que la autoridad aduanera disponga otra cosa.

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Art y plazos para el Abandono Tacito

Art 29. 

Tácitamente A) 3 meses tratándose de la exportación B) 3 Días tratándose de mercancías explosivas, inflamables, contaminantes, radioactivas o corrosivas, así como de mercancías perecederas o de fácil descomposición y de animales vivos C) Dos meses en los demás casos.

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Rhode Ponce dice del depósito:

“El ingreso y permanencia obligatorio de las mercancías en el recinto fiscal bajo la potestad de la autoridad aduanera, con o sin almacenaje, inmediatamente que se introduzcan al territorio nacional y hasta que se cynoka sy unico propósito (que sean destinadas a un regimen aduanero), imponiendo limitaciones al dominio sobre las mercancías, que terminan cuando en el despacho aduanero son entregadas al interesado por dicha autoridad. Su finalidad es salvaguardar los intereses fiscales pero su financiamiento o levantamiento no crea, extingue o limita la afectación legal sobre las mercancías o las facultades de las autoridades de comprobación, persecución o embargo.”

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Menciona los Actos de Conservación, Examen y Toma de muestras.

- Colocación de etiquetas, marcados y leyendas de información comercial.

- Toma de muestras en caso de requerir el cumplimiento de alguna regulación no arancelaria.

- Medio para mostrar sus características a potenciales compradores, siempre que no se altere su naturaleza.

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Una RRNA

Regulaciones y Restricciones No Arancelarias

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Lo que sucede cuando la mercancía es destruida por accidente.

Cuando la mercancía al estar en deposito ante la aduana sea destruido por accidente la obligación fiscal se extingue, a no ser que los interesados destinen ese resuido en algún regimen aduanero

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Describe los plazos del abandono de perecederos.

Cuando el recinto fiscal no cuente con lugares apropiados para la conservación de mercancías perecederas o de fácil descomposición o de animales vivos, las autoridades aduaneras procederán a su asignación, donación o destrucción dentro del plazo de tres días, contados a partir del día siguiente al que ingresen al recinto fiscal y se indemnizará al interesado en los términos que para tal efecto establezca el Reglamento.

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