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Si las prestaciones que otorgo son mayores a las de ley, puedo modificarlas en cualquier momento, con o sin el acuerdo del trabajador?
a) No, una vez dadas ya no se pueden reducir ("palo dado ni Dios lo quita")
b) No, requiero el acuerdo del trabajador y liquidarle la prestación reducida.
c) Si, el patrón puede moverlas libremente, mientras respete los mínimos de la ley.
d) Si, pero solo a los trabajadores de confianza.