El derecho procesal
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Que es el Derecho procesal orgánico.

Aborda el estudio de normas referentes a la función jurisdiccional, la organización y atribuciones de los tribunales y los auxiliares de la administración de justicia. Está principalmente contenido en la Constitución Política y el Código Orgánico de tribunales

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que es la Materia

“es la naturaleza del asunto controvertido y sometido al conocimiento del órgano jurisdiccional”

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Fuentes Del Derecho Procesal

La ley

Leyes procesales, (codigos)

Tratados internacionales ratificados por Chile

Auto acordados (obligatorios)

La doctrina

Jurisprudencia

Costumbre


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Competencia que es

“La esfera, órbita, medida o grado de jurisdicción, establecida por el legislador, para que ella se ejerza por cada tribunal a través del debido proceso.

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Competencia Común y Especial

Común: Aquella que tienen los jueces que ejercen jurisdicción en materias civiles y penales, así como los que tienen competencia solo en asuntos civiles y los que la tienen solo en asuntos penales.

Especial: El tribunal solo es competente para conocer determinadas causas. (solo primera instancia).

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que es el Fuero

“Grado o dignidad que tiene alguna de las partes que participa en un proceso, y en virtud del cual se somete el conocimiento del asunto a un tribunal distinto, normalmente de mayor jerarquía”

Beneficio con el fin de asegurar una mayor independencia del tribunal, y que este no se vea intimidado y se asegure una relativa igualdad ante la ley.

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Competencia Absoluta y Relativa

Absoluta: Aquella que tiene por objeto determinar la jerarquía del tribunal llamado a conocer de un asunto determinado. (Cuantía, Materia, Fuero)

Relativa: Aquella que tiene por finalidad determinar de entre los diferentes tribunales de una misma jerarquía a cuál de ellos le va a corresponder el conocimiento de un asunto determinado. (elemento territorial)

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Que es la AUTOCOMPOSICIÓN

Esta es la forma mediante la cual, bien ambas partes mediante el acuerdo mutuo, bien una de ellas, deciden poner término al litigio planteado.

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Conciliación

  • La ley ha hecho obligatorio el llamado a conciliación por parte del juez en los procesos. ART 262 Código Proced. Civil.

La conciliación no es obligatoria, es el llamado el obligatorio

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que es el Proceso

Es la forma de heterocomposición para resolver los conflictos, de forma pacífica y justa.

Definiciones: processus o procederé: avanzar, desarrollar, llevar a cab

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Clases de fuero

a)    Fuero mayor: conocido el asunto por un juez de letras, se eleva al conocimiento de un ministro de Corte de Apelaciones como tribunal unipersonal de excepción- Aplicación.

b)   Fuero menor: de acuerdo con éste, por el hecho de que personas constituidas en dignidad sean parte o tengan interés en algún civil determinado, aun cuando éste sea de mínima cuantía, el proceso se sustanciará por el tribunal al que le corresponde conocer de cuantías superiores o, conforme a distintas normas de procedimiento.

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 Concepto Jurisdicción Mario Mosquera

“Poder-deber del Estado, radicado preferentemente en los tribunales de justicia, para que éstos, como órganos imparciales e independientes, resuelvan de manera definitiva e inalterable, y con posibilidad de ejecución, los conflictos de relevancia jurídica suscitados entre partes o que surjan de la violación al ordenamiento jurídico o social, en el orden temporal y dentro del territorio de la República” (Mario Mosquera Ruiz).

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Características Concepto Jurisdicción

  1. Es una función pública

  2. Es privativa de los órganos creados para tal efecto

  3. Emana de la soberanía del Estado

  4. Es independiente: Poder judicial es independiente de los otros poderes

  5. No es clasificable

  6. Se manifiesta en un proceso y se ejerce mediante actos procesales

  7. Sus resoluciones tienen valor de cosa juzgada, son irrevocables

  8. Es improrrogable

  9. Es indelegable: La jurisdicción no se puede entregar a otros órganos que no sean los establecidos en la ley.

  10. Es temporal: Se debe ejercer acorde a los momentos jurisdiccionales.

  11. Es territorial: Debe ejercerse en el territorio determinado por la ley.

  12. Es pasiva y de ejercicio eventual: Los tribunales deben actuar a petición de parte, excepto en casos excepcionales.

  13. Es inexcusable

  14. Es coactiva

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Momentos Jurisdiccionales

  1. Conocer (Fase de cognición)

  1. Juzgar (Fase de decisión)

  2. Ejecutar lo juzgado (Fase de ejecución)

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Caracteristicas de El Derecho Procesal 

  1. Es una unidad

  1.  Es un derecho público estatal 

  2. Sus normas son de orden público

  1. Es un Derecho instrumental

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Límites Jurisdiccionales

Los límites de la jurisdicción son de 2 tipos

Internos

Materia: la jurisdicción se aboca a materias en orden temporal no espiritual

Persona : Limita a los tribunales de justicia por lo que no puede ser derogado ni limitada

Tiempo: Los tribunales son permanentes y jueces duran hasta 75 años

Competencia: Divisiones de jueces en favor de temas específicos 

Externos

Estado o territorio: Aplicable sobre el territorio jurisdiccional del estado en base al principio de soberanía

Poderes de otros organismos: separación de poderes

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FORMAS DE SOLUCIÓN DE LOS CONFLICTOS Y QUE SON

  1. LA AUTOTUTELA: Tomar justicia por las manus

  2. LA AUTOCOMPOSICIÓN: Resolución entre un acuerdo mutuo

  3. LA HETEROCOMPOSICIÓN: No tomar justicia por las manos

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¿Como se determina el tribunal que deberá conocer el asunto litigioso?

comentencia y jurisdicion....

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Concepto bases ejercicio jurisdicción

Son aquellas normas indispensables sobre las que debe descansar el poder judicial, sin las cuales no podría existir una correcta y eficiente administración de justicia.

Principios fundamentales de la organización de los tribunales, cuya existencia permiten una eficiente administración de justica y correcto funcionamiento de los órganos

jurisdiccionales

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Importancia Del Derecho Procesal

Está presente en todo el derecho, viene a ser transversal, que cruza nuestro ordenamiento jurídico, es el que le da vida a todas las ramas del derecho para que puedan cumplir la función que se les encomienda.

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Que es el Derecho procesal funcional.

  • Se encarga de estudiar normas de procedimiento a las cuales se someten los tribunales como las personas que trabajan en ellos. Principalmente se preocupa del estudio de los diferentes procedimientos que se deben aplicar para la solución de los conflictos. Se encuentra principalmente manifestada en: La Constitución, el Código de Procedimiento Civil y el Código Procesal Penal.

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¿Quiénes y que requisitos deben tener para poder comparecer?

  • Se debe reunir la capacidad de goce (tenemos todos por el solo hecho de ser persona)

  • La capacidad de ejercicio (Relacionado con ciertos requisitos para realizar ciertos derechos, capacidad se adquiere a los 18 años)

  • Ius Postulandi o capacidad procesal (solo la tiene el abogado) (es la actitud que la ley reconoce solo a aquellas personas a quienes se estima capacidad para actuar ante el tribunal de justicia) (se obtiene en el tercer año de la carrera) 

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¿Qué es la comparecencia de las partes?

Son los distintos requisitos que habilitan a una persona para formular peticiones ante el órgano jurisdiccional, o actuar en el 

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El tiempo como factor para determinar la competencia

se debe saber la fecha en que se cometió el delito, la competencia de los tribunales de garantía y el top, solo optan de esta cuando entra en vigencia el nuevo sistema penal en la región respectiva

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Las reglas Generales de la Competencia:

1.     Regla de radicación o Fijeza.

2.     Regla del Grado o Jerarquía.

3.     Regla de la Extensión.

4.     Regla de la Prevención o Inexcusabilidad.

5.     Regla de la Ejecución.

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