Menciona dos maneras en las que se puede fijar el salario de un trabajador de autotransportes
El salario se fijará por día, por viaje, por boletos vendidos o por circuito o kilómetros
Menciona una obligación especial del patrón
En los transportes foráneos pagar los gastos de hospedaje y alimentación de los trabajadores
Hacer las reparaciones para garantizar el buen funcionamiento del vehículo
Dotar a los vehículos de la herramienta y refacciones indispensables para las reparaciones de emergencia
Observar las disposiciones de los Reglamentos de Tránsito sobre condiciones de funcionamiento y seguridad de los vehículos.
Menciona dos trabajadores que sean susceptibles a las causas especiales de rescisión presentadas
Choferes, conductores, operadores, cobradores y demás trabajadores que prestan servicios a bordo de autotransportes
Verdadero o falso: el salario consistirá en una cantidad fija o en una prima sobre los ingresos
VERDADERO
Verdadero o falso: El propietario del vehículo es subsidiariamente responsable de las obligaciones que derivan de las relaciones de trabajo
FALSO, es solidariamente responsable de las obligaciones que derivan de las relaciones de trabajo
Menciona una causa especial de rescisión
La negativa a efectuar el viaje contratado o su interrupción sin causa justificada.
Para calcular el monto del salario de las indemnizaciones se utiliza solo el salario cuota diaria
FALSO, se utiliza el salario cuota diaria y la parte proporcional de las prestaciones
Menciona dos obligaciones especiales de los trabajadores de autotransportes
Tratar al pasaje con cortesía y esmero y a la carga con precaución;
Someterse a los exámenes médicos periódicos que prevengan las leyes y demás normas de trabajo
Cuidar el buen funcionamiento de los vehículos e informar al patrón de cualquier desperfecto que observen
Hacer durante el viaje las reparaciones de emergencia que permitan sus conocimientos
Observar los reglamentos de tránsito
Menciona la otra causa especial de rescisión
La disminución importante y reiterada del volumen de ingresos, salvo que concurran circunstancias justificadas