El derecho del titular será el que aparece de forma literal en el texto del documento, solo limitado a lo que la ley permita.
Literalidad
un CHEQUE
Ventaja: garantizan que el acreedor pueda cobrar la cantidad establecida en el documento.
Seguridad en los pagos
Legitimidad
Solo el poseedor del título exige el contenido del mismo.
solo se hacen entre dos partes, se expiden para una persona concreta y su nombre debe estar escrito correctamente en el documento.
Títulos Nominativos
Ventaja de Rapidez y Eficiencia
Agilizan los procesos de compra, venta o préstamos del dinero.
Autonomia
Cada nuevo poseedor del título adquiere un derecho propio e independiente, sin verse afectado por los acuerdos o problemas entre el emisor y el primer beneficiario.
Función: actúa como documento de deuda o préstamo.
PAGARE
Riesgo de Exposición
Se refiere a la incertidumbre sobre los pagos futuros causados por cambios del mercado o del cliente, relacionados con factores como los tipos de interés, que pueden afectar la rentabilidad del título.
El derecho de cobro forma parte del documento, por lo que solo quien posee el título físico puede ejercer ese derecho.
Incorporación
Títulos al Portador
Este tipo de título no está expedido a una persona en particular, sino a quien tenga el documento, así que no lleva datos personales del titular.
Ventaja: Sirven como evidencia jurídica del compromiso de pago de ambas partes
Prueba legal de la deuda
Facilidad y seguridad con que se transmite de una persona a otra mediante endosos y entrega del documento.
Circulación
Función de Certificado de Deposito
Actúa como garantía o respaldo crediticio.
Riesgo de Mercado
Es el riesgo de que el valor del título disminuya por cambios en las condiciones del mercado, como variaciones en los tipos de interés, divisas o precios de acciones y materias primas.