¿De donde proviene la palabra patrimonio?
Del latín "patrimonium" (bienes que el hijo tiene, herederos de su padre y abuelos).
¿Qué se entiende por cosa?
Aquel bien que tiene una representación física, perceptible por los sentidos. Cosa, se refiere a todo aquello que existe, mientras que el de bien, siempre en su concepción jurídica, se limita a toda aquella cosa, corpórea o incorpórea, que puede ser adquirida.
Conforme a su oponibilidad son absolutos
Derecho real.
Esta clasificación se basa en el grado del derecho real, según sea principal o de primer grado, o accesorio o de segundo grado.
Derechos reales principales y accesorios.
¿En que país nació el escritor Jorge Luis Borges?
Argentina.
¿Cómo se puede definir al patrimonio?
Conjunto de los derechos y compromisos de una persona, apreciables en dinero.
¿Qué se entiende por bien?
Todo lo que nos produce bienestar o beneficio, lo que genera una utilidad o provecho.
Son relativo
Derechos Personales.
Esta clasificación tiene su sustento en la naturaleza del poder jurídico que se ejerce sobre los bienes, según sea directo o indirecto.
Derechos reales de goce y garantía.
¿A quién perteneció el caballo Bucéfalo?
Alejandro Magno.
¿Cómo se conforma el patrimonio?
Por dos elementos: el activo y el pasivo.
Bien material.
Cosa.
Prescripción adquisitiva o usucapión
Derechos Reales.
Esta clasificación se sustenta en el carácter mueble o inmueble de los bienes sobre los que se constituyen los derechos reales.
Derechos reales inmobiliarios y mobiliarios.
¿Cuántas cuerdas posee un bajo tradicional?
4.
Activo.
Se integra por el conjunto de bienes y derechos apreciables en dinero.
Derecho.
Bien.
Prescripción liberatoria o extintiva
Derechos Personales.
Los derechos reales recaen sobre bienes materiales o cosas, pero también pueden constituirse sobre bienes inmateriales o derechos, como derechos de autor o las patentes, marcas o nombres comerciales.
Derechos reales sobre bienes materiales e unmateriales.
¿En que país se perfeccionó la guillotina?
Francia.
Pasivo.
Conjunto de obligaciones y cargas también susceptibles de valorización pecuniaria.
Todo aquello que es susceptible de apropiación en beneficio de una persona o colectividad o todo lo que es un elemento de fortuna.
Bienes.
Normas de orden público
Derechos Reales.
Los primeros son aquellos susceptibles de registro, como los derechos reales que recaen sobre bienes inmuebles y los segundos son aquellos no susceptibles de registro, como los derechos reales sobre bienes muebles.
Derechos reales registrables y no registrables.
¿Cuál es el principal músculo de la respiración?
Diafragma.