establece y nomina qué hechos van a ser considerados delitos
La Ley
Establecen que el delito es una conducta humana que se opone a lo que la ley manda o prohíbe bajo la amenaza de una pena.
Concepciones formales o nominales
Se refiere a cualquier acción u omisión que puede ser considerada delictiva según la ley
Acción o conducta
La clasificación nos habla de la mera actividad o Materiales que se requieren en un resultado externo.
Por el resultado
En estas:
El sujeto actúa con intención y conocimiento de realizar el hecho delictivo.
y
El sujeto actúa sin intención, pero con negligencia o impericia.
Dolosa y Culposa
Es el Comportamiento que viola los valores y normas de convivencia de una sociedad.
Noción Sociológica
Toda ley penal en su estructura tiene un presupuesto lo que no se debe hacer o lo que manda a hacer y una consecuencia jurídica
Concepción jurídica del delito
Es la característica de que la conducta debe estar expresamente descrita como delito en una norma jurídico-penal
Tipicidad
Este se da cuando se transgrede el mismo precepto legal, y la consumación se prolonga en el tiempo, como en el caso del secuestro.
Permanente o continuo
Comportamiento pasivo, abstenerse de actuar cuando la ley impone un deber de obrar.
Omisión
Es el incumplimiento de la norma penal, donde la acción se adecua a un tipo legal
Noción Jurídica (Formal)
Esta concepción de delito fue desarrollada por Karl Binding, Ernst von Beling, Max Ernest Mayer y Edmundo Mezger, el delito es la acción u omisión voluntaria típicamente antijurídica y culpable.
Concepción dogmática del delito
Son los componentes y características, no independientes, que constituyen el concepto del delito.
Los elementos del delito
Este tipo de clasificación se refiere a la Acción (hacer lo prohibido) u Omisión (no hacer lo ordenado, puede ser simple o comisión por omisión).
Por la forma de la conducta
Comportamiento activo, realizar un movimiento corporal para infringir la norma.
Acción
se define como la acción u omisión típica, antijurídica, culpable y punible, siendo la teoría del delito la que estudia estos elementos para determinar la responsabilidad penal
Concepto Analítico
Establecen elementos del delito como presupuestos para que un acto voluntario humano sea considerado como delito
Concepciones substanciales o materiales
Para que un hecho sea considerado delito, deben coincidir los siguientes elementos:
Conducta: Acción u omisión humana voluntaria.
Tipicidad: Adecuación de la conducta al tipo penal (descripción legal).
Antijuridicidad: Contrariedad de la conducta al ordenamiento jurídico.
Culpabilidad: Reprochabilidad de la conducta al autor (imputabilidad).
Punibilidad: Amenaza de una pena o sanción.
En esta los delitos son Dolosos (con intención) o Culposos (por imprudencia o negligencia).
Por el elemento subjetivo
Son situaciones en las que el sujeto dañó o puso en peligro un bien jurídico protegido, pero en virtud de que la voluntad del agente es inexistente, el delito se excluirá
Ausencia de conducta
fue siempre una valoración de la conducta humana condicionada por el criterio ético dominante en la sociedad
El delito
Forma un concepto universal de delito, la pretensión de validez es socavada porque lo que ayer fue delito deja de serlo con el paso del tiempo y con la abrogación de la ley que lo concibió como delito
Concepción filosófica del delito
Se refiere a que la acción u omisión debe ser contraria a las normas jurídicas, sin justificación legal
Antijuricidad
Se da cuando la consumación se agota en el mismo momento en que se han realizado todos los elementos de la descripción legal
Instantáneo
Es cuando con unidad de propósito delictivo, pluralidad de conductas e identidad de sujeto activo, se concretan los elementos de un mismo tipo penal.
Continuado