Según el Código Tributario de Guatemala, están integrados en el grupo de los tributos.
IMPUESTOS
100
Es la caída del impuesto sobre la persona que realmente lo paga, es decir, que ve afectada su economía por el impacto del impuesto.
INCIDENCIA
100
Cuando a mayor ganancia o renta, mayor es el porcentaje de impuestos sobre la base.
IMPUESTO PROGRESIVO
200
Prestaciones comúnmente en dinero que el Estados exige en ejercicio de sus poder tributario, con el objetivo de obtener recursos para el cumplimiento de sus fines.
TRIBUTOS
200
Se produce en el caso de desgravamiento; si estando establecido el impuesto, habrá un aumento de valor para la propiedad.
CAPITALIZACIÓN
200
Todo impuesto debe recaudarse en la época y en la forma en las que es más probable que pueda el contribuyente realizar su pago.
PRINCIPIO DE COMODIDAD
300
Aplicación de un impuesto para satisfacer una necesidad pública de manera indirecta. Es decir, se recauda y lo producido de la recaudación se aplica en gastos para financiar diversos servicios públicos.
FINES FISCALES
300
Consiste en eludir el pago del impuesto, de que no se pague en forma alguna.
EVASIÓN
300
Gravan una manifestación de riqueza sin tener en cuenta las circunstancias personales del sujeto que debe pagar el impuesto.
IMPUESTO OBJETIVO
400
Proporción que se aplica sobre la base imponible con objeto de calcular el gravamen. Dicha proporción puede ser fija o variable.
TIPOS DE GRAVAMEN
400
Técnica por la que el sujeto pasivo de un impuesto traslada el importe de este impuesto a un tercero.
REPERCUSIÓN
400
Recursos que no se perciben regularmente sino una sola vez.